¿Tienen las operadoras la obligación de liberarte el movil?
Cuando se habla de liberación una de los lugares comunes de muchos usuarios es que “que ley obliga a liberar los moviles”. Sin embargo esa ley, nunca se cita. ¿es acaso una ley tímida que no le gusta aparecer? ¿será una ley o un reglamento? ¿o será una leyenda urbana?
La famosa “ley” no existe como tal. No hay ninguna norma legal vigente que disponga que los moviles deben ser liberados en tales o cuales condiciones.
La supuesta obligación de liberar los moviles arranca de un parrafo del INFORME PRECEPTIVO AL SERVICIO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA. de 15 de abril de 1999. En ese Informe se dice expresamente:
“en algunos modelos de terminales se introduce una restricción técnica que garantiza que el teléfono únicamente pueda utilizarse con una red determinada. En este último caso, desde la perspectiva de la garantía de la libre competencia y de la protección de los consumidores, es necesario que el terminal pueda ser desbloqueado libremente, transcurrido el tiempo necesario para que el importe subvencionado del terminal haya sido recuperado por concepto de consumo telefónico, o en caso contrario, mediante el abono del importe de la subvención pendiente de recuperación”.
¿Qué debemos entener de este párrafo?
- Que el bloqueo de terminales es legal y que no atenta contra la competencia.
- Que el bloqueo debe ser reversible, es decir que debe permitir desbloquearse.
- Que ese desbloqueo debe poderse realizar cuando las operadoras hayan amortizado el coste de subvención del terminal.
No se dice, ni puede interpretarse que las operadoras estén obligadas a dar ese codigo (dice textualmente: ser desbloqueado libremente, no desbloqueado por la compañía) ni mucho menos que ese desbloqueo deba ser gratuito. Además debemos tener en cuenta que el documento que sustenta este razonamiento es un mero informe. De una comisión nacional, sí, pero informe al fin y al cabo.
La Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones mantiene que es necesario la técnica del simunlock para garantizar la defensa de la competencia entre los operadores tal y como queda reflejado en el acuerdo del Consejo del día 15 de abril de 1999.
Por lo tanto podemos concluir que para los organismos reguladores la liberación de los moviles es un elemento de garantía de la libertad del mercado de las telecomunicaciones, es decir, una garantía de las operadoras de poder competir entre sí. Pero hasta el momento nunca se ha declarado un derecho de los consumidores a la liberación de su terminal exigible frente a las operadoras, más allá de los recogidos en los contratos que los clientes firman con las operadoras.
Vía | Operador-ES
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